Comunicado por fallo TDLC

29 de Diciembre, 2017

COMUNICADO DE PRENSA

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ha dado a conocer hoy su fallo en relación al requerimiento interpuesto por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), en octubre de 2015, por colusión en el mercado local de papel higiénico y otros productos tissue en contra de las empresas SCA y CMPC Tissue. Al respecto, CMPC manifiesta que:

1. Compartimos la gravedad de los hechos expuestos por el TDLC. Por esta razón, en marzo de 2015, apenas conocidos los resultados de una investigación interna, CMPC se auto denunció ante la FNE por hechos que habían terminado hacía varios años, e inició un proceso permanente de colaboración, que derivó en el mencionado requerimiento.

2. Tal como CMPC planteó en el marco del proceso de auto denuncia, los hechos investigados involucraron a ejecutivos de las dos empresas, sin que en ningún momento existiera presión indebida o coacción, como lo ratificó el fallo del TDLC.

3. Lamentamos sinceramente el impacto que estos hechos han provocado en nuestros trabajadores, consumidores y en la opinión pública en general. Esta experiencia ha sido un aprendizaje para la compañía, y ello se ha traducido en una serie de medidas que estamos y seguiremos implementando para evitar que situaciones como la descrita vuelvan a ocurrir.

4. Entre otras medidas, hemos reforzado nuestro gobierno corporativo, modificamos la estructura organizacional, renovamos la plana ejecutiva, implementamos nuevos controles internos y capacitaciones permanentes en materias de ética y competencia. También hemos sometido estas medidas y controles a entidades internacionales de reconocido prestigio, para que las evalúen y ayuden en la implementación de las mejores prácticas mundiales en materia de prevención de hechos de esta naturaleza.

5. En la misma línea, CMPC aplicará íntegramente el programa de cumplimiento dispuesto por el TDLC, varias de cuyas acciones ya se encuentran implementadas, como es el caso del Comité de Cumplimiento, la capacitación en materia de libre competencia para todos los trabajadores y la línea de denuncia anónima.

6. Como es de público conocimiento, CMPC acogió adicionalmente la propuesta del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y de organizaciones de consumidores para acordar una restitución a nuestros consumidores, la que -después de un exhaustivo proceso- fue estimada en el equivalente a US$ 150 millones de dólares. Dicho monto corresponde a casi seis veces la multa máxima a la que se hubiese expuesto la empresa en caso de no haber existido la delación compensada.

7. Manifestamos nuestra profunda decepción porque estos fondos aún no puedan ser distribuidos a los consumidores, debido a razones que escapan a la voluntad de CMPC. El monto acordado se encuentra depositado en BancoEstado, a la espera de procesos judiciales emprendidos por terceros, y será distribuido, junto con los intereses devengados, de acuerdo al mecanismo que determine la instancia que encabeza el Sernac.

8. Sabemos que el camino para reconstruir las confianzas es largo y que no depende de un monto de restitución ni de una declaración pública, pero hemos tomado todas las medidas y tenemos la disposición para recorrerlo.

9. Confiamos en que este fallo del TDLC sea acogido por todas las partes del proceso, evitando dilaciones que sólo contribuirían a aumentar la desconfianza de la opinión pública.

Santiago, 29/12/2017

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