Comunicado de prensa

06 de Enero, 2020

En relación al fallo de la Corte Suprema que acoge el recurso de reclamación deducido por SCA Chile S.A. sólo en cuanto se revoca la exención del pago de multa por parte de CMPC Tissue S.A.:

1. Como es de público conocimiento, CMPC se auto denunció y “prestó una colaboración eficaz, veraz y comprobable”, como señala el referido fallo, en la investigación sobre colusión en el mercado tissue entre los años 2000 y 2011.

2. Durante todo este proceso, CMPC negó la existencia de coacción, tal como lo confirmó la unanimidad del Tribunal de la Libre Competencia en su fallo de 2017. Mantenemos nuestra convicción al respecto, no obstante lo cual respetamos y acatamos la decisión de la Corte Suprema.

3. La conducta de CMPC durante todo este proceso no tuvo como objetivo evitar una sanción equivalente a US$ 15 millones. Por el contrario, CMPC acordó con el Sernac una inédita restitución por US$ 150 millones (10 veces el monto de la mencionada sanción) que fue distribuida a cerca de 13 millones de personas.

4. CMPC reitera sus disculpas frente a hechos que, de acuerdo a lo señalado por la Corte Suprema, no eximen de responsabilidad a ninguna de las partes involucradas. Hemos tomado medidas de fondo para evitar que situaciones de esta naturaleza vuelvan a ocurrir, incluyendo el reforzamiento de los sistemas de control y capacitaciones permanentes en libre competencia a todas las personas que forman parte de la empresa.

Revisa el Hecho Esencial relacionado, del 6 de enero de 2020

NOTICIAS RELACIONADAS