En Chile el mes de junio del año 2016 fue publicada la Ley N° 20.920 “Gestión de residuos, responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje” del Ministerio del Medio Ambiente, en adelante Ley REP, que tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje o valorización.
Los productos prioritarios que se encuentran regulados por la Ley REP son: aceite lubricante, pilas, baterías, aparatos eléctricos y electrónicos, neumáticos, envases y embalajes; diarios, periódicos y revistas.
Empresas CMPC en el marco de la Ley REP, su compromiso que el Medio Ambiente y la Sustentabilidad del negocio, requiere de la colaboración de sus proveedores, en particular de Proveedores de Productos Prioritarios Importados a Chile.
¿Qué información se solicita a nuestros Proveedores?
Todos nuestros proveedores nos deberán informar sobre la materialidad de cada uno de los embalajes que componen los productos que nos comercializan, de acuerdo a la información que estará indicada en el Formulario “Envases y Embalajes”.
Adicionalmente, para el caso en el que el producto comercializado corresponda a: “Aparatos Eléctricos y Electrónicos”, “Pilas”, “Baterías”, “Aceites lubricantes” o “Neumáticos”, también deben informar sobre sus características de acuerdo a la información que se solicitará completar en los Formularios de cada Producto Prioritario, estos se encuentran disponibles en el siguiente link: www.cmpc.com/proveedores en el botón REP.
La información antes descrita más la de la Orden de Compra, es un requisito obligatorio para todos nuestros proveedores que cumplan con las características indicadas.
Esta información debe ser enviada a CMPC por cada uno de los despachos y será parte de los documentos de embarque solicitados.
Sin duda, su colaboración en este proceso nos ayudará a cumplir de forma exitosa con esta normativa que busca mejorar la gestión de residuos en nuestro país.